Todo lo que hay que saber para acceder al REPROII para la actividad turística

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación junto con e Ministerio de Turismo y Deportes, establecieron una suma dineraria de carácter adicional y complementario a la prevista por el Programa REPROII, a cuenta del pago de remuneraciones a cargo de empleadores y empleadoras  que sean beneficiarios del  "Programa REPRO II" realicen actividades que se vinculan con el Turismo. Se trata de una ayuda económica para aquellas empresas que sufren una contracción relevante en la facturación y en la producción en términos reales. la suma adicional será de pesos cuatro mil (4000$) para las actividades afectadas no críticas del sector Turismo que comprende a los emprendedores turísticos y referentes a la gastronomía. Las actividades críticas no cuentan con ese adicional, mientras se encuentre vigente la disposición transitoria de dicha resolución. Podrán acceder a la suma adicional, los empleadores y empleadoras que sean beneficiarios del Programa REPRO II en virtud de la realización de actividades no críticas siempre y cuando se encuentren vinculadas a sector turístico y cumplan con alguno de los siguientes requisitos:que la actividad principal se encuentre registrada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), bajo los códigos del Clasificador de  Actividades Económicas (CLAE) que se detallan en el ANEXO I de la Resolución Conjunta Nro, 1/ 2021 .Que la actividad principal sea incluida por le Ministerio de Turismo y Deportes, a través de la Subsecretaria de Desarrollo Estratégico, afectadas o por otros parámetros objetivos. Las empleadoras y empleadores que reúnan los requisitos deberán presentar una declaración jurada, confeccionada en la plataforma de Trámites a distancia (TAD).Está pensada para empresas en crisis por la pandemia del COVID . 19 que no cuentan con recursos propios ni pueden acceder a líneas de financiamiento para afrontar el pago de sus respectivas míminas salariales. El beneficio contempla desde los 9000 pesos hasta los 18000 pesos mensuales por relación laboral durante un mes.Entre los requisitos generales, los interesados deben acreditar disminución en ventas, presentación de DDJJ de Contador Público, último balance y Planilla de dato sEconómicos VIA WEB . Los motivos de exclusión son suspensiones fuera del ámbito 223 bis y despidos sin justa causa. Entre los beneficios adicionales, se suman a los definidos por el REPRO II, 4000 pesos por trabajador de sector no crítico de turismo. GASTRONOMIA Podrán acceder al beneficio aquellas monotributistas yv autónomos no empleadores y empleadoras con hasta 5 trabajadorxs. Es específicamente para el sujeto  registrado con un beneficio de hasta 18000 pesos., Entre los requisitos para acreditar 3 pagos en los últimos 6 meses. Presentar pérdida de facturación en términos reales del 20 Por ciento a definir por Comité de Monitoreo y Evaluación. Mientras que, para acceder la Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico independiente deben  tener domicilio fiscal electrónico. Completar la facturación vía formulario web. Completar activo corriente y pasivo corriente vía formulario web, en caso de tener trabajadores y trabajadoras a cargo. Además,  deben contar con la declaración jurada mediante la cual la trabajadora o el trabajador independiente solicitante del beneficio, manifiesta ser sujetx pasivo de la ola obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1ro de la Ley  27.605 y ha cumplido con dicha obligación. Más info: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/repro2consultas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.